Guarda y Custodia de los Hijos

En la propuesta de convenio de divorcio el cónyuge promovente o ambos según sea el caso designarán a quién le corresponderá la guarda y custodia de los menores hijos o mayores de edad con incapacidad jurídica, así como los términos del derecho de convivencia. El Juzgador velando por el bienestar, el desarrollo, la protección y el interés de los hijos menores o incapaces, resolverá sobre la guarda y custodia, y el derecho de convivencia. Además en algunas legislaciones se incluyen las medidas de protección a los menores o incapaces contra la violencia familiar.

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