¿Tienen los cónyuges derecho a percibir alimentos después del divorcio?

El Juez resolverá sobre el pago de alimentos a favor del cónyuge que, teniendo la necesidad de recibirlos, durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos, esté imposibilitado para trabajar y carezca de bienes.

Además algunas legislaciones mencionan que el Juez resolverá tomando en cuenta las siguientes circunstancias:

  1. La edad y el estado de salud de los cónyuges;
  2. Su calificación profesional y posibilidad de acceso a un empleo;
  3. Duración del matrimonio y dedicación pasada y futura a la familia;
  4. Colaboración con su trabajo en las actividades del cónyuge;
  5. Medios económicos de uno y otro cónyuge, así como de sus necesidades; y
  6. Las demás obligaciones que tenga el cónyuge deudor.

También en algunas legislaciones se establece que el derecho de alimentos se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias, se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio.

 

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *